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H, Matamoros, Tamaulipas:


¿EN REALIDAD SIRVE O FUNCIONA LA CONSTITUCIÒN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MÈXICO?

 Lunes 18 de marzo de 2024


DR. RENÉ NARVÁEZ

Por la serie de violaciones que se realizan a la CARTA FEDERAL con frecuencia me pregunto ¿en realidad sirve o funciona LA CONSTITUCIÒN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MÈXICO? 


Y mi pregunta y duda surge porque cada Juez, Magistrado, Ministro de la Suprema Corte y no se diga el Presidente de la Republica que llega la usa y la interpreta a su manera o a su favor, o usted dígame si no tengo la razón y si así no pareciera.


Voy a dar un ejemplo de la vida real que sucede en u juicio y después hablare de los alcances y comentarios del Presidente de la República y la interpretación que el le da a la Constitución y los mismo sucede con al interpretación que mucho le dan a la Constitución y sé que muchos que trabajan en los diferentes Tribunales ya sea federales o Estatales se van a justificar, ¿quizás? Hasta doler y me van a responder que estoy equivocado, o que es una falsa percepción la que tengo, y a ellos les podre decir, que “los equivocados son ellos, y que mi percepción no es falsa, sino llena de verdad cada juez o magistrado y hasta ministro interpreta la Constitución como le da la gana” Demostrare porque lo digo y la razón y para ello hare un ejercicio practico del por que digo y sostengo lo que aquí escribo.


Cuando en el artículo 14 Constitucional se nos habla de las garantías individuales y en especial lo que en su alcance y contenido abarca nos dice en su tercer párrafo sobre “la EXACTA aplicación de la ley”, y nos habla solo de los actos procesales o legales, si no en abundancia del tema nos habla concretamente de la aplicación de la ley, y aquí es donde “tuerce la cola el puerco”  dijera en su  ”iuris vulgaris mi abuelita Panchita” y digo esto por que cada Juez, Magistrado, Ministro de la Suprema Corte que llega la usa y la interpreta a su manera “y en su resoluciones y sentencias hay cada criterio y forma de resolver que unos y otros chocan entre sì”, Para prueba esta lo que resolvió por el delito de abuso infantil Manuel Alejandro Martínez Vitela el Juez del Estado de México que causo tanta indignación, como abogado creo que se lo olvido “el interés superior de los niños, es decir el cuidado de los niños por parte del Estado Mexicano” y privilegio con su criterio al abusador, lo más grave es que criterios como este, afectan a las víctima o los procesados y no se diga sentenciados, ¡Por qué le pregunto! ¿Qué pasa cuando un juez de primera instancia resuelve ? y en su resolución “por ejemplo impone una sentencia severa desmedida y en contra de la dignidad humana del procesado, que afecta su libertad y vida” Por ejemplo ¿cuando en el delito de extorsión agravada a pesar de que no se demuestran las agravante los jueces sentencian a 40, 45, o 47 años ¿es esta una sentencia apegada a derecho?, o más claro ¿apegado a la Constitución al principio de proporcionalidad de la pena en razón del delito, o a buscar la readaptación de las personas o a lo justo? Le contesto ¡Claro que no! le cuestiono y pregunto ¿hay un acto inconstitucional? Le respondo ¡Claro que sí! Sin embargo y a pesar de este acto que viola la Constitución, normalmente el Tribunal de Alzada o de Segunda Instancia se pronuncia y ratifica estas sentencias de los jueces violando los derechos fundamentales de los sentenciados, y al hacerlo en segunda instancia “juzga nuevamente y resuelve la sentencia, confirmándola” Aunque exista un acto “Inconstitucional o violador de la Constitución”

Le vuelvo a preguntar para usted ¿hay un acto inconstitucional que viola los artículos 1, 18 y 22 ? y le respondo ¡Claro que sí! Sin embargo los jueces y Magistrados en muchos caso así resuelven y cuando llega usted mediante el Juicio de Amparo Directo, ante el Tribunal Colegiado es decir ante la ultima oportunidad que tiene un sentenciado de buscar anular la sentencia mediante la revocación de la misma, o que se dicte una reposición al proceso, o se otorgue la libertad, el Tribunal Colegiado te dice como las violaciones son procesales “no me puedo pronunciar por que ya pasaron las etapas donde usted QUEJOSO las pudo combatir” Dijera los cómicos Manolín y Shiliski “Fíjate que suave” Y me pregunto ¿el procesado y sentenciado es un conocedor del derecho? Pues ¡Claro que no! Entonces pues como no sabe y no hizo valer sus derechos “ya se fregó” Mi abuelita diría con todo respeto en su lenguaje muy mexicano “que poca madre” y la verdad que ¡tiene razón! y no se me hace justo que resuelvan así, pero así lo hacen. Y en el mejor de los casos resuelven ”dejando en libertad que resuelva el tribunal de origen se regresa la misma para que se resuelva con respeto a su criterio respetando su autonomía al dictar nueva resolución en función de tal y tal punto” Pero en la mayoría de los casos a pesar de prácticamente haber sido sentenciado en primera y segunda instancia por el acto inconstitucional y a pesar de que existe clara violación los derechos fundamentales del sentenciado y en consecuencia un acto Inconstitucional no se absuelve al sentenciado, si no que ordena que la autoridad que sentencio “vuelva a resolver”. Y es cuando me pregunto, y el sentenciado dice ¿Si te estoy diciendo que la autoridad que me sentencio es injusta, usted cree Señoría que, ya que la exhibí contigo Tribunal colegiado, ahora el Magistrado de Alzada, o el Juez de origen o en su defecto el ultimo que conoce el Juez de Ejecuciòn va ser benévolo o justo? Pues ¡Claro que no! Sin embargo, violando el principio de exacta aplicación de la ley así en la mayoría de los casos resuelven los Tribunales Colegiados “y otros un poco más conscientes del grave error que se cometió en las sentencias le advierten a los jueces resuelva nuevamente sin agravar la condición del Quejoso o sentenciado” para que la gente me entienda.

Por otro parte si nos vamos al Jefe del Ejecutivo Federal es decir al Presidente de la República o a los jefes del ejecutivo de cada estado libre y soberano es decir a los gobernadores, pasa exactamente lo mismo, estos más grave aún intervienen y hacen con los Tribunales lo que se les antoja, el primero es decir el Presidente, influye en decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como recientemente confeso ingenuamente y declaro el Presidente Andrés Manuel López Obrador, y donde en franca violación a la Constitución y a la separación de poderes del Estado, hizo ver y entender que en algunos “asuntos o juicios” el acordaba y le daba instrucciones al Presidente de la corte Ministro Arturo Zaldívar, a quién de paso metió en aprietos al hacer publicas dichas negociaciones. Además en otro caso muy escandaloso en el presente proceso electoral se metió de lleno a apoyar a la candidata de Morena, lo que la Constitución prohíbe y las leyes electorales salidas de la Carta federal también, y como otro ejemplo cercano esta el caso del Gobernador de Nuevo Leòn quién ha hecho lo mismo apoyando a Jorge Máynez el candidato de Movimiento Ciudadano y como este ejemplo puedo señalar a muchos gobernadores que han hecho lo mismo, “pero esto no es exclusivo del presente gobierno, decir que solo en este gobierno se ha hecho sería algo falso, por lo que tengo varios ejemplos en puerta que puedo señalar” Finalmente hay que señalar que también esta intromisión y violación a la división de los poderes lo fue y se realizó en los gobiernos pasados de Peña Nieto, Calderón, Fox, y demás ex presidentes, así lo mismo paso con los gobernadores anteriores y esta pasando con los actuales”

Por lo que me termino preguntando ¿EN REALIDAD SIRVE O FUNCIONA LA CONSTITUCIÒN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MÈXICO? Y la respuesta es ¡si, sirve!, pero no se respeta.

 

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1 Comentarios

  1. Es Correcto Pero No La Aplican como debe de Ser. Bendiciones

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