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H, Matamoros, Tamaulipas:


 Sábado 22 de abril de 2023

                 

 Lic. Silvia García Herrera / Pluma Blanca

La ley, es la ley.              


TRAIDORES






     

Desafortunado el mensaje dado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, al tildar como TRAIDORES a servidores públicos en pleno ejercicio de sus atribuciones.

Así  fueron denigrados públicamente  la Senadora Lily Téllez, el Senador German Martínez, la Ministra Margarita Ríos Farjat, y el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.   Funcionarios federales  que en pleno ejercicio de sus funciones  no votaron a favor con alguna de las iniciativas de ley propuestas por el Presidente.

Querido lector,  la pregunta es TRAIDORES a quién?, a qué? 

Los Estados Unidos Mexicanos  se rige bajo una Constitución Política que es de observancia obligatoria, la cual establece las normas jurídicas para que exista un estado de derecho en esta Nación. Entre ellas en el art. 49 prevé expresamente la separación de Poderes en  Ejecutivo, Legislativo y Judicial,  evitando que el poder absoluto se rija en uno solo poder o en una sola persona. 

Así que no aprobar todas las iniciativas o significar un contrapeso contrario a ellas pero fundamentado en lo que establece nuestra Carta Magna, de ningún modo debe considerarse traición.  

El Poder Legislativo, tienen dentro de sus obligaciones el estudio de las iniciativas de ley que propone el  Ejecutivo, pero también tienen el deber jurídico de estudiar y analizar las propuestas y en el caso de considerarlas  inadecuadas en todo o en parte,  pueden votar en contra y no aprobarse.  Así cuando  estos dos poderes entren en conflicto es cuando interviene el Poder Judicial a través de su máximo Tribunal que es la Suprema Corte de Justicia de la Nación.  Las decisiones tomadas en este alto tribunal obligatoriamente deben estar conforme lo establece  la Constitución y las leyes que de  ella emanen,  y no acorde a la propuesta de un ente cualquiera que este sea.   

Se debe señalar que los servidores públicos tienen responsabilidades  individuales  acorde a su encargo, y si no lo cumplen o actúan contrario a la ley tienen consecuencias jurídicas  que pueden ser  desde la separación del encargo, multa o hasta la cárcel.

De ningún modo es una atenuante de responsabilidad administrativa o penal el compromiso moral que pudiera gestarse hacia la figura del PODER que los haya propuesto para ocupar el encargo y mucho menos la vertiente política que se tenga.  

Por lo pronto estas personas ya  fueron señalados como traidores, el tiempo pondrá los adjetivos calificativos en su correcto lugar.

 

 

 

 

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