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H, Matamoros, Tamaulipas:


Federalismo y Soberanía

 Lunes 24 de mayo de 2021



PALACIO

Por Mario Díaz

 

                 Federalismo y Soberanía

 -Pacto federal no debe convertirse en centralismo o dictadura

-Soberanía estatal no es sinónimo de patente de corso

-Incongruente que un Congreso Local esté por encima del Congreso de la Unión

 

ANTE las dimensiones que ha tomado la divergencia entre la Federación y el gobierno del estado de Tamaulipas, valen la pena un par de precisiones al margen de que si el mandatario estatal tiene o no inmunidad procesal penal: una, la presunción de inocencia de FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA y, dos, la polarización del tema asociado al federalismo y la soberanía estatal.

En efecto, mientras un juez no emita una sentencia condenatoria, GARCÍA CABEZA DE VACA no puede ser señalado como responsable de los delitos que le imputa la Fiscalía General de la República: delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y evasión fiscal equiparada.

No obstante, la controversia intergubernamental está enfocando otra perspectiva que podría debilitar el federalismo y, en sentido contrario, fortalecer la soberanía de las entidades federativas, pero, al mismo tiempo, el surgimiento de “republiquitas” independientes al pacto federalista.

Si existe ambigüedad o interpretación distinta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o de la Constitución Política de Tamaulipas; si los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ponen o no de acuerdo; si el Código Penal Federal avala el encarcelamiento de un Juez de Distrito; o bien, si la supremacía legislativa no distingue una Cámara de Diputados de un Congreso Local, por el momento, son situaciones que tarde que temprano las instituciones darán la razón a quien la tenga.

Sin embargo, el conflicto Federación- Tamaulipas debiera ser analizado desde un ángulo distinto: la imperiosa necesidad de precisar las reglas del federalismo e impedir que un criterio equivocado sobre la soberanía estatal brinde patente de corso a tal o cual gobernador para que actúe a placer en su ínsula, amparado en el blindaje del fuero constitucional. Sobra decir que, del mismo modo, el pacto federal no debe ser tomado como punta de lanza para desaforar gobernantes por “quítame estas pajas”.

En consecuencia, bien sea en lo que resta de la presente legislatura federal o bien en la siguiente, el juicio de desafuero del gobernador de Tamaulipas ha dejado en claro la imperiosa necesidad de analizar debidamente lo que establecen la Carta Magna y las Constituciones locales en el controvertido tema que ha acaparado la atención y polarizado la opinión pública.

De entrada, si la decisión final en los casos de desafuero de funcionarios estatales le corresponde a un Congreso Local, ¿qué caso tiene que la Cámara de Diputados se erija en Jurado de Procedencia para analizar el dictamen de la Sección Instructora y ser votado en el pleno legislativo con todo y que su resolución es inatacable?

Cierto es que la redacción del artículo 111 Constitucional indica que luego del desafuero en San Lázaro se informará al Congreso Local “para lo que corresponda”; sin embargo, así como no precisa que se homologue, tampoco indica que se someta al escrutinio local en un segundo jurado de procedencia.

Es infantil pasar por alto que, generalmente, los gobernadores designan a los integrantes y titulares de los poderes Legislativo y Judicial. Sería como pedirle peras al olmo que diputados, jueces o magistrados resolvieran en contra de quien los colocó en esas posiciones.

Un ejemplo claro, preciso y contundente es la postura asumida por la legislatura tamaulipeca al cerrar filas, tope en lo que tope, en torno al gobernador FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA.

No debe asumirse como centralismo-dictadura cuando en atención al pacto federalista, los Poderes Federales actúen en contra de mandatarios ante la presunción de comisión de ilícitos, como el saqueo del erario, por ejemplo. Una percepción equivocada de la soberanía estatal permitiría el asalto a las finanzas públicas a lo largo del sexenio, ante la imposibilidad de la autoridad federal para proceder por la inmunidad procesal penal de tal o cual funcionario.

En contraparte, la invención de delitos por parte de la Federación para actuar en contra de mandatarios no afines al régimen o ideología partidista, tampoco se debe permitir bajo el amparo del pacto federalista.

Por lo tanto, el “caso Cabeza de Vaca”, independientemente de si es o no culpable de los delitos que le imputan la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera, debería ser un tema relevante para el análisis concienzudo en el Congreso de la Unión con el objetivo primordial de fortalecer, definir y precisar los alcances y reglas del pacto federalista y la soberanía de los Estados.

DESDE EL BALCÓN:

I.-Como la tendencia electoral en el estado de Nuevo León no favorece al partido albiceleste, MARKO CORTÉZ, dirigente nacional del PAN, asegura que el candidato de Movimiento Ciudadano, SAMUEL GARCÍA, sería el Plan B del presidente ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR ante la baja preferencia de la abanderada morenista.

¿Cómo la ve?

Y hasta la próxima.

mariodiaz27@prodigy.net.mx

 

 

 

 


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